Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120412-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

92
Procedimiento ordinario 446 de 2010

En el juicio de procedimiento ordinario número 446 de 2010, seguido a instancias de don Florencio Castejón Martín, frente a don Vicente Checa Cortés, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 44 de 2012

En Madrid, a 13 de febrero de 2012.—Vistos por doña Raquel Blázquez Martín, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 84 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 446 de 2010, seguidos a instancias de don Florencio Castejón Martín, que ha actuado con la representación procesal y la asistencia letrada que constan en el encabezamiento de esta resolución, contra don Vicente Checa Cortés, en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente resolución.

Fallo

1. Desestimo la demanda presentada por don Florencio Castejón Martín contra don Vicente Checa Cortés, a quien absuelvo de las pretensiones deducidas contra él.

2. Condeno a la parte actora al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se formulará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado con los datos relativos al recurso y a la cuenta expediente por importe de 50 euros, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la formalización del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado don Vicente Checa Cortés, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 13 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/10.218/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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