Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120412-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Demanda 1.001 de 2011

Doña Sagrario Coteño del Reino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.001 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier López Lanchas, don José García Pascual Luque, don Alejandro Sánchez Coleto, don Óscar Rubio Recio y don José Luis Pérez Moraga, contra la empresa “Cerrajería Garcimeco, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 30 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando las demandas interpuestas por los trabajadores que a continuación relacionan, contra “Cerrajería Garcimeco, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de dichos actores llevado a cabo por la referida empresa con efectos del día 9 de julio de 2011, condenando a dicha demandada a optar por la readmisión de los trabajadores o por la extinción de sus contratos mediante el abono de una indemnización ascendente a la cantidad que para cada uno se especifica seguidamente.

En todo caso los trabajadores tendrán derecho a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón del salario/día con inclusión de la parte proporcional de pagas extras que se especifica a continuación, o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a la sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

La referida opción deberá ejercitarse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de la sentencia, entendiéndose, caso de no ejercitarse expresamente, que se opta por la readmisión.

A don Francisco Javier López Lanchas: 83.501,42 euros (90,15 euros/día).

A don José García Pascual Luque: 33.025,05 euros (57,56 euros/día).

A don Alejandro Sánchez Coleto: 26.272,05 euros (53,48 euros/día).

A don Óscar Rubio Recio: 30.785,85 euros (47,73 euros/día).

A don José Luis Pérez Moraga: 39.610,72 euros (50,54 euros/día).

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerrajería Garcimeco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.128/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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