Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120412-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

203
Ejecución 246 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de 246 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emiliano Pérez Alambra, contra la empresa “Servicios y Gestores Inmobiliarios Villaverde, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es como sigue:

Dispongo: Despachar orden general de aplicación de la sentencia de fecha 30 de marzo de 2011 a favor de la parte ejecutante, don Emiliano Pérez Alambra, frente a “Servicios y Gestores Inmobiliarios Villaverde, Sociedad Limitada”, por importe de 12.000 euros de principal, más 800 euros presupuestados para intereses y 1.200 euros en concepto de costas provisionales.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Gestores Inmobiliarios Villaverde, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.117/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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