Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
12-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120412-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

204
Ejecución 3 de 2012

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 3 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florián Radu, contra la empresa “Casas y Proyectos Malpaso, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 1 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 1 de marzo de 2012.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Florián Radu con la empresa “Casas y Proyectos Malpaso, Sociedad Limitada”, condenando a que abone a don Florián Radu una indemnización de 3.704,84 euros y salarios de tramitación por doscientos cuarenta y seis días (12.811,68 euros menos 1.236 euros) por un importe total de 11.575,68 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma doña María Begoña García Álvarez, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Casas y Proyectos Malpaso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.203/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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