Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120414-79
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 145 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Ramos Bris, contra la empresa “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y diligencia de ordenación de fecha 18 de noviembre de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Auto
Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 18 de noviembre de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Enrique Ramos Bris, frente a “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.776,32 euros, más 166,58 euros y 277,63 euros presupuestados para intereses y costas.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 18 de noviembre de 2011.
Habiéndose decretado la insolvencia provisional de la demandada “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, por el Juzgado de lo social número 25 de Madrid el día 5 de julio de 2011, en los autos de demanda número 76 de 2010 y acumulados número 77 de 2010 y 78 de 2010, ejecución número 69 de 2011, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición.
Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externalización de Servicios Back Ofice, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 7 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/10.255/12)

