Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
14-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120414-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

131
Demanda 1.056 de 2010

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de don Osvaldo Aguilar Alvear, contra don Fernando Alberto González López, doña Concepción Pérez Sánchez, Servicio Público de Empleo Estatal y “Proyectos y Técnicas Edison, Sociedad Limitada”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 1.056 de 2010, se ha acordado notificar a doña Concepción Pérez Sánchez, en ignorado paradero, a fin de notificar la sentencia número 92 de 2012.

Sentencia número 92 de 2012

En Madrid, a 1 de marzo de 2012.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez de Juzgado de lo social número 21 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social (desempleo), entre partes: de una, y como demandante: don Osvaldo Aguilar Alvear, que comparece asistido de su letrado don José Joaquín Domínguez García, y de otra, como demandados, don Fernando Alberto González López, representante de “Proyectos y Técnicas Edison, Sociedad Limitada”, doña Concepción Pérez Sánchez y Servicio Público de Empleo Estatal, asistido de la letrada doña María Pilar Varas González, que comparecen.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que debía desestimar la demanda interpuesta por don Osvaldo Aguilar Alvear, en concepto de prestaciones del desempleo, contra “Servicio Público de Empleo”, doña Concepción Pérez Sánchez, don Fernando Alberto González López y “Proyectos y Técnicas Edison, Sociedad Limitada”, absolviéndoles de dicha pretensión.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid, sucursal 1033 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Enrique Roldán López.—En Madrid, a 5 de marzo de 2012.

Visto el estado de las actuaciones y resultando que se ha recibido devuelta la citación a la parte demandada, notifíquese a la misma cautelarmente, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a doña Concepción Pérez Sánchez, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.426/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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