Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
14-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120414-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

137
Demanda 1.167 de 2011

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.167 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Munilla Martínez, contra don Francisco Javier Muñoz Sánchez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 26 de enero de 2011.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.167 de 2011 y 1.225 de 2011, sobre extinción de trabajo por falta de pago y despido respectivamente, seguidos, entre partes: de una, como demandante, doña Ana María Munilla Martínez, asistida del letrado don José Luis Menéndez, y de otra, como demandado, don Francisco Muñoz Sánchez, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando parcialmente las demandas acumuladas promovidas por doña Ana María Munilla Martínez, frente a don Francisco Javier Muñoz Sánchez, debía declarar como así declaro extinguida la relación laboral habida entre las partes con efectos desde esta fecha y condeno a las partes con efectos desde esta fecha y condeno a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la actora la cantidad de 1.209 euros, en concepto de indemnización por la extinción contractual, más la de 3.739,84 euros, en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, más la de 1.805,46 euros, por salarios devengados desde el 4 de abril de 2011 hasta el 30 de mayo de 2011.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado por escrito o comparencia en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la parte demandada deberá exhibir ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de “Recursos” de este Juzgado de lo social número 23, número de identificación 0030/1143/45/2521, abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta la cantidad de 150,25 euros, preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Francisco Javier Muñoz Sánchez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.251/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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