Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
17-04-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120417-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Demanda 1.566 de 2009

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.566 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma Rodríguez López, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.

Que estimando parcialmente la demanda deducida por doña Paloma Rodríguez López y de otra, como demandadas, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la mutua “Fremap”, y la empresa “Markab Creativos, Sociedad Limitada”, declaro la responsabilidad directa de la empresa codemandada “Markab Creativos, Sociedad Limitada”, declaro la responsabilidad directa de la empresa codemandada “Markab Creativos, Sociedad Limitada”, del total de las prestaciones derivadas de la baja médica de 13 de abril de 2009 a 25 de mayo de 2009, por incumplimiento en sus obligaciones de cotización, condenando por tanto a la misma al abono directo de la suma de 716,36 euros por diferencias entre la cantidad anticipada por “Fremap” y a la que corresponde a la actora de acuerdo con su base reguladora, absolviendo a los demás demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Markab Creativos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.667/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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