Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91
Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120417-45
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGETE
URBANISMO
Mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión plenaria ordinaria, celebrada el día 28 de marzo de 2012, se aprobó definitivamente el Plan Especial de Ordenación Pormenorizada de Parcela de Equipamiento Urbano.
A efectos de lo estipulado en el artículo 66.1.b) de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, seguidamente se publica la ordenanza de infraestructuras al Servicio de la Ciudad contenida en el documento del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada de Parcela de Equipamiento Urbano.
Ordenanza
1. Denifición.—Se incluyen en esta ordenanza aquellas instalaciones de servicios generales del municipio.
2. Clasificación.—Se establecen los siguientes tipos de instalaciones al servicio de la ciudad:
— Regulación y tratamiento de agua potable.
— Regulación y tratamiento de agua reutilizable.
— Subestaciones eléctricas y centros de transformación.
— Centrales telefónicas.
— Antenas de comunicaciones para servicios municipales.
— Islas de contenedores de RSU, en superficie o subterráneas.
— Recinto destinado a las necesidades fisiológicas de los animales (Pipican).
3. Actuación.—La ejecución de estas instalaciones por los organismos de quien dependan, requerirá dar cuenta previamente del proyecto del Ayuntamiento, a los efectos de emitir el preceptivo informe y otorgamiento de la licencia de obra.
4. Parcela mínima.—Se establece una parcela mínima de 250 metros cuadrados y un frente mínimo de 10 metros.
5. Condiciones de volumen e higiénicos.—Se regularán por las normas vigentes para el subtipo de instalación de que se trate.
6. Altura máxima.—La altura máxima permitida será se 7 metros de altura a cornisa.
7. Retranqueos.—Los retranqueos serán de 3 metros a frente de calle y 3 metros a lindes. Se podrá omitir el retranqueo a zona verde.
8. Condiciones de uso.—Se permitirán aquellos que sean imprescindibles para la adecuada conservación y explotación de las instalaciones, de acuerdo con su normativa específica.
En Algete, a 30 de marzo de 2012.—El concejal-delegado, el concejal-delegado de Economía, Hacienda y Administración General, Cesáreo de la Puebla de Mesa.
(03/12.405/12)

