Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
26-04-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120426-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

139
Demanda 851 de 2011

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 851 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lucio Castillo Nevado, contra doña Paula Grosu y “José Manuel Chaves, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 20 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Isabel Sánchez Peña.—En Madrid, a 20 de marzo de 2012.

Visto el estado de las presentes actuaciones, dese traslado a las partes para que en el plazo de cinco días manifiesten lo que proceda sobre una posible nulidad de actuaciones.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Notifíquese esta resolución.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “José Manuel Chaves, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.135/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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