Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120426-91
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80
EDICTO
Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
Hace saber: Que en el procedimiento de guarda y custodia contenciosa número 520 de 2011, a instancias de doña María Jacinta Ávila Rojas, representada por el procurador don Pedro Antonio González Sánchez, contra don Guido Marcelo Freire Nieto, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 15 de marzo de 2012, cuyo encabezamiento, fundamento de derecho tercero y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 167 de 2012
En Madrid, a 15 de marzo de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 520 de 2011, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovidos por doña María Jacinta Ávila Rojas, representada por el procurador don Pedro Antonio González Sánchez y asistida de la letrada doña María de la Yedra Gil del Río, con número de colegiada 44.769, contra don Guido Marcelo Freire Nieto, declarado en situación procesal de rebeldía, habiéndose dado la intervención al ministerio fiscal en base al siguiente
Fallo
Que estimando la demanda formulada por el procurador señor Casabella Rueda, en nombre y representación de doña Jacinta Ávila Rojas, contra don Guido Marcelo Freire Nieto, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hija menor de edad, Cintia Ávila Rojas, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.
Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a don Guido Marcelo Freire Nieto, que se encuentra en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).
(03/13.014/12)

