Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120427-14
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Organica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General Técnica dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del acuerdo que se transcribe como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, a 22 de marzo de 2012.—El Secretario General Técnico de Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, José de la Uz Pardos.
ANEXO
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID, EN RELACIÓN CON LA LEY 6/2011, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en su reunión celebrada el día 22 de marzo de 2012 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.o Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con apartado dos del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid.
2.o Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.o Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 30 de marzo de 2012, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Estado”.
(03/13.345/12)

