Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120427-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

185
Despido 604 de 2011-E

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de extinción de contrato número 604 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Borja Gutiérrez Sanz, contra las empresas “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, y “Ferretería Industria Granizo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha acordado citar a las empresas “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, y “Ferretería Industria Granizo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación, ante la secretaria judicial, el día 30 de mayo de 2012, a las nueve y diez horas, y el mismo día, a las nueve y quince horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio, y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandadas, como representante legal de las empresas demandadas. Al ostentar la condición de persona jurídica, se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto se le indica que si no comparecen se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, sito en la avenida del Ejército, número 12, primera planta (edificio de servicios múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación al representante legal de “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, y “Ferretería Industria Granizo, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara, a 9 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.197/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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