Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100
Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120427-193
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V. OTROS ANUNCIOS
NOTARÍA DE DON JOSÉ LUIS NÚÑEZ-LAGOS ROGLÁ
Don José Luis Núñez-Lagos Roglá, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Villanueva de la Cañada (Madrid).
Hago saber: Que mediante acta formalizada ante mí, el día 7 de diciembre del 2011, a instancias de “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, se tramita procedimiento de ejecución hipotecaria extrajudicial de la finca hipotecada que después se relaciona, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria:
Finca hipotecada:
En Villanueva de la Cañada (Madrid), con acceso directo por las calles Eras de Móstoles, Camino de Móstoles y Espejo (calle Eras de Móstoles, número 4), número 110, o vivienda letra B en planta baja del bloque o portal 7, hoy letra D. Su superficie útil es de 82,10 metros cuadrados. Anejo: “parking” número 117, de superficie útil 14,72 metros cuadrados. Cuota: 0,73 por 100.
Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero, tomo 1378, libro 216 de Villanueva de la Cañada, folio 218, finca número 9.403.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría, sito en Villanueva de la Cañada, Madrid, calle Real, número 12-B, local. La primera subasta, el día 28 de mayo de 2012, a las diez horas, siendo el tipo base el de 331.042 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el día 20 de junio de 2012, a las diez horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta, el día 12 de julio de 2012, a las diez, con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y el mejor postor, el día 19 de julio de 2012, a las diez horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refiere el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaría de lunes a viernes, de nueve y treinta a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta, y en la tercera, un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Villanueva de la Cañada, a 9 de abril de 2012.—El notario, José Luis Núñez-Lagos Roglá.
(02/3.178/12)

