Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120430-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

87
Autos 786 de 2009

Don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y bajo el número 786 de 2009-JV, se siguen autos sobre divorcio contencioso en los que ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva literalmente copiados dicen:

Sentencia número 116

El ilustrísimo señor don José María Prieto y Fernández-Layos, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 786 de 2009, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, doña Patrocinio Rodríguez Núñez, con procuradora doña María Bellón Marín, y de otra, como demandado, don Juan Carlos Martínez Vázquez, declarado en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña María Bellón Marín, en nombre y representación de doña Patrocinio Rodríguez Núñez, contra don Juan Carlos Martínez Vázquez, en los autos número 786 de 2009, debo declarar y declaro la disolución, por causa de divorcio, del matrimonio contraído por los citados cónyuges don Juan Carlos Martínez Vázquez y doña Patrocinio Rodríguez Núñez, produciéndose sus efectos a partir de la firmeza de esa sentencia, pero sin perjudicar a terceros de buena fe sino a partir de su inscripción en el Registro Civil. No se hace expresa imposición de costas en esta instancia. Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Notifíquese esta sentencia a la parte que se encuentra en rebeldía en la forma dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el particular.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a don Juan Carlos Martínez Vázquez se da el presente en Madrid, a 26 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(03/13.020/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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