Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120430-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

EDICTO

108
Juicio de faltas 251 de 2011

Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 251 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés (Madrid), a 18 de julio de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número señalado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, doña María Rosario Porres del Mazo, don José Miguel Baena Maldonado, don Andrés Alejandro Porres del Mazo y don José Gabriel Porres Labarda, en atención al siguiente

Fallo

Que absuelvo a doña María Rosario Porres del Mazo, don José Miguel Baena Maldonado, don Andrés Alejandro Porres del Mazo y don José Gabriel Porres Labarda de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Miguel Baena Maldonado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 15 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/13.043/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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