Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120509-75
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Rosario Negredo del Cerro, secretaria del Juzgado de la instancia número 71 de Madrid.
Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 2.184 de 2010 seguido ante este Juzgado, se ha acordado notificar la sentencia número 1.950 de 2011 dictada en fecha 20 de diciembre a la codemandada “Ivensys Trade, Sociedad Limitada”, mediante la publicación del presente, dado sus ignorados paraderos, siendo la parte dispositiva de dicha resolución del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda formulada por la procuradora señora Simarro Valverde, en nombre y representación de don Eulalio Nieto Rey y doña María José Yagüe Martínez, contra “Caixa Nova” (actualmente “NCG Banco, Sociedad Anónima”), representada por el procurador señor Rodríguez Tadey, y contra la mercantil “Ivensys Trade, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, declaro resuelto el contrato de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles turísticos, junto el acuerdo promocional anexo al contrato, suscritos el 16 de enero de 2010; asimismo, se declara resuelto el contrato de préstamo personal suscrito con “Caixa Nova” el 5 de febrero de 2010; en consecuencia, se condena a las demandadas a la devolución solidaria de todas las cantidades abonadas por la póliza de préstamo, desde su inicio hasta la efectiva paralización de los pagos, mas los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. En cuanto a las costas, se imponen a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.
La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones número 0030-1845-00-3250 (cuenta del Juzgado) XXXX (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesario) XX (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto” el depósito de 50 euros, exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial) en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009).
Llévese esta sentencia al libro de su clase dejando testimonio suficiente en los autos.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación
La anterior sentencia ha sido leída, en el día de su fecha por el juez que la dictó y firmó, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
Madrid, a 17 de febrero le 2012.—La secretaria (firmado).
(02/3.354/12)

