Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-97
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 46 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma Navarro Cuadra, doña Silvia Parra Aranda, doña Irene Perote Román y doña María del Carmen Simón Aguilar, contra la empresa “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2011, por importe de 14.265,69 euros en concepto de principal, más otros 2.700 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación, a favor de la parte ejecutante doña Irene Perote Román y doña María del Carmen Simón Aguilar, frente a “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.
Modo de impugnación: contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Proceder a la averiguación de los mismos, pudiendo accederse a dicha información a través de la base de datos del Punto Neutro Judicial.
Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2510.
Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), mediante escrito en el que deberá fundamentarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
Parte dispositiva:
En su virtud, visto el precepto citado y demás de general aplicación: Se tiene por ampliada la ejecución respecto a las demandantes doña Paloma Navarro Cuadra y doña Silvia Parra Aranda, por importe de 15.891,38 euros, más 3.000 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, sin necesidad de retrotraer el procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de los cinco días siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Francisca Arce Gómez.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión y Desarrollo de Iniciativas Fundacionales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 30 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/13.771/12)

