Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
10-05-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

125
Ejecución 77 de 2012-M

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 77 de 2012-M, seguido a instancias de don Félix Fuentes Díaz, contra la empresa “Munda Ingenieros, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de conciliación extrajudicial, se ha dictado en fecha 18 de abril de 2012 auto de ejecución y diligencia de ordenación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acto de conciliación ante el SMAC de 15 de febrero de 2012, a favor de la parte ejecutante, don Félix Fuentes Díaz, frente a “Munda Ingenieros, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer en el plazo de tres días ante este mismo Juzgado.

Así, por este auto, lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Parrado Caparrós, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—La magistrada-juez (firmado).

No habiéndose extinguido la relación laboral que unía al actor don Félix Fuentes Díaz con el demandado “Munda Ingenieros, Sociedad Limitada”, se acuerda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de Jurisdicción Social, oír a las partes en comparecencia que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 24 de mayo de 2012, a las nueve horas de su mañana, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir al trabajador por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase por el secretario judicial, a través de la aplicación informática correspondiente, informe de vida laboral del demandante.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial, con entrega de copia de la demanda.

Notifíquese la presente a las partes por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo ordeno y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Munda Ingenieros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.777/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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