Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
11-05-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120511-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

EDICTO

96
Procedimiento ordinario número 41 de 2010

En el procedimiento ordinario número 41 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por don Ángel L. Ramos Muñoz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 67 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario sobre adquisición de bien inmueble por prescripción, tramitados con el número 41 de 2010, a instancias de doña Antonia Huertas Montes, representada por la procuradora señora Marín Iribarren y asistida de la letrada doña Lourdes Pulido, contra ignorados herederos de doña Esperanza Ángel Carrasco y contra don Manuel Rodríguez Salgado, se ha dictado la presente base a los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por doña Antonia Huertas Montes contra ignorados herederos de doña Esperanza Ángel Carrasco y contra don Manuel Rodríguez Salgado, todos ellos con la representación y asistencias ya citadas:

Primero.—Debo declarar y declaro adquirida por la demandante la propiedad en pleno dominio de la vivienda sita en Madrid, piso bajo izquierda o letra A (actual letra C) del número 33 (antiguo número 37) de la calle de Alberto Palacios, finca registral número 44.787 del Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, por causa de prescripción.

Segundo.—Debo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por tal declaración.

Tercero.—Debo ordenar y ordeno la inscripción del dominio de la demandante, doña Antonia Huertas Montes, sobre la finca citada en el Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, sirviendo la presente resolución de mandamiento al efecto.

Cuarto.—Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento a los demandados.

Notifíquese a las partes esta resolución, advirtiendo de que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de la misma, así como que para la admisión a trámite del recurso deberá la parte acompañar el resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 12 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/3.517/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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