Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112
Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120511-80
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
PERSONAL
Con esta misma fecha, por el señor alcalde se ha dictado el siguiente decreto número 385 de 2012.
Asunto: suspensión procedimiento revisión oficio.
Examinada la documentación obrante en el expediente de revisión de oficio iniciado frente a la resolución de Alcaldía de 22 de marzo de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 73, de 28 de marzo de 2011), en virtud de la cual se aprueban las bases específicas para el acceso a una plaza de técnico superior de Administración General, subescala Técnica, así como de la resolución de Alcaldía de 30 de marzo de 2011 (“Boletín Oficial del Estado” número 81, de 5 de abril de 2011), referente a la convocatoria para proveer una plaza de técnico de Administración General, subescala Técnica Superior, grupo de clasificación A, subgrupo A.1, mediante el sistema de concurso-oposición en turno libre, y del acuerdo del Ayuntamiento en Pleno, adoptado en la sesión celebrada con fecha 17 de diciembre de 2009, en la que se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2010.
Vista la propuesta del señor instructor del presente procedimiento nombrado en virtud de decreto de Alcaldía 163/2012, de 2 8 de febrero, dado que el presente procedimiento debe ser sustanciado en el plazo de tres meses, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 102.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y atendido que se inició por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix en fecha 23 de febrero de 2012, y que, para la continuación del mismo, es preciso solicitar informe preceptivo del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, vengo a resolver:
1. Suspender del procedimiento por el tiempo que medie entre la petición del citado informe, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción de este informe por parte del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, que, de igual forma, deberá ser comunicada a los mismos, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Remitir el expediente, de forma inmediata, al Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, para que proceda a la emisión del preceptivo dictamen según lo dispuesto en el artículo 102.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con las competencias que tiene atribuidas esta Consejo según lo dispuesto en el artículo 13.1. letra f) 2.o de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.
En San Agustín del Guadalix, a 4 de mayo de 2012.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.
(02/3.872/12)

