Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
11-05-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120511-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

PERSONAL

81
Suspensión procedimiento revisión oficio

Con esta misma fecha, por el señor alcalde se ha dictado el siguiente decreto 384/2012.

Asunto: suspensión procedimiento revisión oficio decreto 195/2011.

Examinada la documentación obrante en el expediente de revisión de oficio iniciado frente al decreto 195/2011, de la Alcaldía de ese Ayuntamiento, de fecha 10 de marzo de 2011, por el que se convocan nueve plazas de auxiliar administrativo a jornada completa y una a jornada parcial del grupo de clasificación C, subgrupo C2, subescala Auxiliar, escala de Administración General, a proveer mediante concurso-oposición, cuyas bases fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 58, de 10 de marzo de 2011, de la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009, y del acuerdo del Pleno, en sesión celebrada con fecha 17 de diciembre de 2009, aprobando la Oferta de Empleo Público para el año 2010,

Vista la propuesta del señor instructor del presente procedimiento, nombrado en virtud de decreto de Alcaldía 166/2012, de fecha 28 de febrero de 2012, dado que el presente procedimiento debe ser sustanciado en el plazo de tres meses de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 102.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y atendido que se inició por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix en fecha 23 de febrero de 2012, y que, para la continuación del mismo, es preciso solicitar informe preceptivo del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, vengo a resolver:

1. Suspender del procedimiento por el tiempo que medie entre la petición del citado informe, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción de este informe por parte del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, que, de igual forma, deberá ser comunicada a los mismos, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.5 de la LRJPAC.

2. Remitir el expediente, de forma inmediata, al Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid para que proceda a la emisión del preceptivo dictamen según lo dispuesto en el artículo 102.1 de la LRJPAC, de conformidad con las competencias que tiene atribuidas ese Consejo según lo dispuesto en el artículo 13.1, letra f) 2.o de la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, Reguladora del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid.

En San Agustín del Guadalix, a 4 de mayo de 2012.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(02/3.873/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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