Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
11-05-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120511-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

144
Demanda 828 de 2011

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 828 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Altares Roldán, don David Sánchez Salinas, don David Valcárcel Pérez y don Julio Mico Jiménez, contra las empresas “Yswhon 98, Sociedad Limitada”, “Gileón 2, Sociedad Limitada”, “Ingenieros de Climatización y Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, “Imtech Spain, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se desestima la solicitud de aclaración formulada por la parte actora en relación con el fallo de la sentencia de fecha 16 de enero de 2012 dictada en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágase saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del que pudiera interponerse contra la resolución cuya aclaración se ha solicitado.

Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Yswhon 98, Sociedad Limitada”, y “Gileón 2, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.810/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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