Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
19-05-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120519-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

26
Ordenanza uniones convivenciales de hecho

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 24 de abril de 2012, aprobó inicialmente la ordenanza reguladora del Registro Municipal de Uniones Convivenciales de Hecho del Ayuntamiento de Coslada.

El expediente queda expuesto al público por un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. La ordenanza se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones.

Coslada, a 7 de mayo de 2012.—El alcalde-presidente, Raúl López Vaquero.

(03/16.281/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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