Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120
Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120521-52
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan las normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas, se ha elaborado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria la matrícula a utilizar para la liquidación del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2012, que se encuentra a disposición del público en el Departamento de Recaudación del Ayuntamiento de Griñón (Madrid), durante quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los interesados podrán interponer ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria los siguientes recursos:
1. En vía administrativa: recurso potestativo de reposición y reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública de la matrícula, sin que la interposición de los mismos den origen a la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerden expresamente el órgano administrativo o el Tribunal Económico-Administrativo citado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 224 y 233 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
2. En vía judicial: las resoluciones que pongan fin a la vía económico-administrativa serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Todo ello sin perjuicio del que se estime conveniente para la defensa de sus derechos.
Lo que hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 27 de abril de 2012.—La alcaldesa, María Antonia Díaz Garrido.
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