Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121
Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120522-54
Páginas: 2
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER “LA MALICIOSA”
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado aprobado definitivamente el presupuesto general ordinario para el ejercicio 2012, aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2012, así como la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo que acompañan al referido presupuesto.
En consecuencia se hace público el resumen general a nivel de capítulos de gastos e ingresos del presupuesto aprobado, así como la de personal, que regirá para el presente año 2012.
Plantilla de personal
Personal funcionario
— Secretario-Interventor de la Mancomunidad. Grupo A.2. 1 plaza.
Personal laboral fijo
— Director/a de Servicios Sociales. Grupo A. 1 plaza.
— Coordinador/a de Servicios Sociales. Grupo A. 1 plaza.
— Trabajador/a social. Grupo B. 8 plazas.
— Educador/a. Grupo A. 1 plaza.
— Apoyo Técnico IMMF. Grupo A. 1 plaza.
— Psicólogo/a. Violencia de Genero. Grupo A. 1 plaza.
— Técnico/a de la Mujer. Grupo B. 1 plaza.
— Agente de Empleo y Desarrollo Local. Grupo A. 1 plaza.
— Administrativo. Grupo C. 2 plazas.
— Auxiliares administrativos. Grupo D. 3 plazas.
Personal laboral temporal para programas con subvención
— Diverso personal contratado con subvenciones del INEM (coordinador/a del servicio de ayuda a domicilio, animadores de mayores, mediadores interculturales, educadores de calle, auxiliares administrativos...).
Estas plazas temporales se dotan para la gestión y coordinación de los programas y se financian con una subvención de la Comunidad de Madrid para fomento del empleo, en consecuencia se contrataran o no, el personal eventual, dependiendo de que se reciba o no la subvención que se solicite.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso Administrativo de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Guadarrama, a 3 de mayo de 2012.—El presidente, José Conesa López.
(03/16.112/12)

