Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
24-05-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120524-216

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11

EDICTO

216
Procedimiento 1.237 de 2010

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.237 de 2010, sobre social ordinario, a instancias de don Juan José Berbel Martín, contra “Obryman, Sociedad Limitada” (“Obras y Mantenimientos Obryman, Sociedad Limitada”), en la que con fecha 17 de febrero de 2012 se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice lo siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Juan José Berbel Martín, contra “Obryman, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la suma de 2.153,50 euros.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial pero sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente, de acuerdo con lo establecido en el fundamento jurídico segundo de esta resolución.

Notifíquese a las partes con la advertencia de que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Obryman, Sociedad Limitada” (“Obras y Mantenimientos Obryman, Sociedad Limitada”), cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla.—El secretario judicial (firmado).

(03/15.095/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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