Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
24-05-2012

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120524-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Procedimiento 11 de 2008

En el procedimiento ordinario número 11 de 2008 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda seguida a instancias de la mercantil “Banco de Finanzas e Inversiones, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Julia Orujo y asistida del letrado don Gustavo Gómez Ferré, contra doña María José Sastre Muro, declarada rebelde, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.304,22 euros en concepto de principal, la cantidad de 648,53 euros en concepto de intereses remuneratorios pactados y la cantidad de 858,56 euros en concepto de costas de ejecución, determinados en proceso monitorio número 858 de 2006 y proceso de ejecución número 1.134 de 2006 del Juzgado de primera instancia número 6 de Móstoles o en sus incidentes de ejecución, hasta este momento procesal, sin perjuicio de integrar en tal condena las cantidades que por intereses moratorios y ejecutorios puedan devengarse y hacerse líquidos en tales procesos, con imposición de las costas de este proceso a la demandada.

Así, por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, y contra la que cabe preparar (artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar de su notificación, ante este Juzgado, a resolver por la Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María José Sastre Muro, con DNI número 278847-D, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 2 de abril de 2012.—El secretario (firmado).

(02/3.906/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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