Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
24-05-2012

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120524-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Modificación ordenanza fiscal

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica sin que hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la modificación de la ordenanza anexa, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Vista la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica aprobada por el Pleno municipal de 12 de septiembre de 2007 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 14 de noviembre de 2007.

Artículos que se modifican:

Artículo 10.1. En los siguientes términos:

Se añade un tercer párrafo, que queda redactado de la siguiente manera: «El régimen de gestión tributaria del impuesto en las empresas de “renting” será el de liquidación».

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal, cuya redacción del artículo modificado ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 30 de marzo de 2012, entrará en vigor el mismo día de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Brunete, a 22 de mayo de 2012.—El alcalde, Borja Gutiérrez Iglesias.

(03/18.103/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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