Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
25-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120525-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

182
Demanda 1.421 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.421 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bradley Fernando Barrera Manzano, don Juan Alejandro Villamarín Velasco y don Marcos Pulido Mejías, contra don Juan Pablo García Corcés, “Zakos Andamiajes, Sociedad Anónima”, “Reparación de Fincas, Sociedad Anónima”, “ZK Andamiajes, Sociedad Limitada”, don Joaquín Fuster González de la Riva, don Manuel Roca de Togores Atienza, Fondo de Garantía Salarial, “Pipeta, Sociedad Anónima”, “Publi Andamios, Sociedad Limitada”, “Bastión Protección y Seguridad, Sociedad Anónima”, “Voceando, Sociedad Limitada”, “Permanex España, Sociedad Limitada”, y “Espermanex, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de abril de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha ha tenido entrada el anterior escrito presentado por la parte demandante manifestando se le tenga por desistida de su demanda.—Doy fe.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez.—En Madrid, a 19 de abril de 2012.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistidos a don Bradley Fernando Barrera Manzano, don Marcos Pulido Mejías y don Juan Alejandro Villamarín Velasco de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado con el número 2511, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2511, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así por este decreto lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Publi Andamios, Sociedad Limitada”, “Voceando, Sociedad Limitada”, y “Espermanex, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 19 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.351/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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