Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120525-87
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
LICENCIAS
Distrito de Arganzuela
Acuerdo del Pleno, de 28 de marzo de 2012, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de uso terciario recreativo en categoría II, establecimiento para el consumo de bebidas y comidas, tipo IV, en la calle Eros, número 7, promovido por “Sigla, Sociedad Anónima”, Distrito de Arganzuela.
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos en local de planta baja sito en la calle de Eros, número 7 para la implantación de uso terciario recreativo en categoría II, establecimiento para el consumo de bebidas y comidas, tipo IV, promovido por “Sigla, Sociedad Anónima”.
La vigencia del presente Plan será de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 54.3 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril».
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 9 de abril de 2012, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 11 de abril de 2012.—El secretario general del Pleno (por autorización mediante resolución del presidente del Pleno de 1 de febrero de 2012), el subdirector general de Asistencia Técnica al Pleno, Jesús Albendea del Busto.
(02/3.499/12)

