Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120528-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

189
Ejecución 65 de 2012

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 65 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Verney Badid Cruz Rodríguez, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 29 de noviembre de 2011 a favor de la parte ejecutante don Verney Badid Cruz Rodríguez, frente a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, por importe de 1.096,37 euros de principal (996,70 euros de salarios, más 99,67 euros del interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 60 euros presupuestados para intereses y 100 euros en concepto de costas provisionales, bajo apercibimiento de que de no cumplir en su integridad la obligación en el plazo de tres meses, se podrá incrementar el interés legal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en dos puntos más.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en este Juzgado con el número 129 de 2010, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Contra este auto cabe recurso de reposición en el término de tres días a interponer por la parte ejecutada, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda además oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.582/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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