Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120528-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

190
Demanda 1.260 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 1.260 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Leirado Bernat, contra la empresa “Natuba, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña María Dolores Leirado Bernat, frente a “Natuba, Sociedad Limitada”, que se sustanciará por las reglas de ordinario.

2. Citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración de los actos de conciliación y juicio, a cuyo efecto se señalan, en única y sucesiva convocatoria, para el día 5 de noviembre de 2012, a las diez y diez horas, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de la Jurisdicción Social, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, 28008 Madrid.

3. Citar al representante de la empresa con facultades para absolver posiciones, sin perjuicio de lo que se acuerde por su señoría sobre la admisión de prueba en el acto de juicio.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2525 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3, 28008 Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1033 40 0000000000, indicando el número c/c 2525, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Natuba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.078/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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