Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2012

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120528-15

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, por la que se somete a información pública la ejecución y declaración de utilidad pública de las instalaciones definidas en el proyecto denominado «Enlace a urbanización “Parque Infantas”», en el término municipal de Valdemorillo (Madrid).

2011PG333

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de las instalaciones de gas natural, los artículos 59.6 y 86 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública la solicitud de autorización de ejecución y declaración de utilidad pública de las instalaciones cuyas características principales se señalan a continuación:

Peticionaria: “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”, con domicilio en calle Virgilio, número 2 B, edificio 1 2, Centro Empresarial “Arco”, de Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Objeto de la petición: Construcción y declaración de utilidad pública de las instalaciones definidas en el proyecto «Enlace a urbanización “Parque Infantas”», en el término municipal de Valdemorillo (Madrid).

Características de las instalaciones:

— Presión máxima de servicio: 5 bar.

— Canalización en polietileno de 7.561 metros, que conectará con la red existente propiedad de “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”, en tubería de polietileno. PE Ø200 mm. SDR-17.6.

— Instalaciones auxiliares: 1 válvula de seccionamiento al inicio del gaseoducto y una válvula de seccionamiento al inicio de la derivación a la urbanización “Parque Infantes”.

Presupuesto: El presupuesto de las instalaciones será de 499.703,10 euros.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Afecciones a fincas particulares:

1. Para las canalizaciones:

1.1. Imposición de servidumbre permanente de paso de gas, a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de terreno de 2 metros, uno a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción de gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeto a las siguientes limitaciones de dominio:

— Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 2 metros a contar desde el eje de la tubería.

— Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a 5 metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Órgano competente de la Administración.

— Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

— Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

1.2. Ocupación temporal de los terrenos, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, por cualquier interesado pueda ser examinado el proyecto de ejecución de la instalación descrita, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, sita en calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid, en horario de once y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes, y formularse, por duplicado ejemplar, en el referido plazo cualesquiera alegaciones se consideren oportunas, incluidas las procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, así como aportar por escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores en la relación indicada.

Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, a 12 de abril de 2012.—El Director General, Carlos López Jimeno.





(02/3.748/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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