Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
30-05-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

143
Demanda 169 de 2011

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 169 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Olmo Hernández, contra la empresa “Rotolitana, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Que estimando la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Alfonso Olmo Hernández, vengo a condenar a la empresa “Rotolitana, Sociedad Limitada”, a satisfacerle por los conceptos de la demanda la cantidad de 4.867,21 euros, con más el 10 por 100 anual de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 2506, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

La cuenta donde se deberá hacer el ingreso:

Indicar beneficiario Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

O bien, directamente, en cualquier sucursal de “Banesto”, en la cuenta número 2506/ 0000/65, y el resto, hasta veinte dígitos, completar con ceros y al final el número de procedimiento y año.

O bien, mediante transferencia bancaria a la cuenta número 0030/40/00000/00000, en concepto indicar cuenta número 2506/0000/65, y el resto, hasta veinte dígitos, completar con ceros y al final el número de procedimiento y año.

Si se realiza ingreso de condena el dígito de control será el 60.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o decreto, que ponga fin al procedimiento o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rotolitana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.132/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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