Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
30-05-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-134

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

134
Demanda 1.391 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.391 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio José Rosado Ortiz, contra la empresa “Tam Motor, Sociedad Anónima”, “Resermat, Sociedad Limitada”, “Tam Stilo Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Suzuky Tam Cars, Sociedad Limitada”, “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, “Multiservicios Actividades Técnicas de Automoción, Sociedad Limitada”, y “Grupo Harvest Tam, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado decreto de admisión y auto prueba, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Decreto

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.—En Madrid, a 15 de diciembre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Antonio José Rosado Ortiz, frente a “Tam Motor, Sociedad Anónima”, “Resermat, Sociedad Limitada”, “Tam Stilo Automoción, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Suzuky Tam Cars, Sociedad Limitada”, “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, “Multiservicios Actividades Técnicas de Automoción, Sociedad Limitada”, “Grupo Harvest TAM, Sociedad Limitada”, ordinario que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 1 de abril de 2013, a las nueve y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

La parte actora comparecerá al acto del juicio asistida de letrado.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Auto

En Madrid, a 15 de diciembre de 2011.

Acuerdo:

Se proceda a la práctica de las pruebas anteriores.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Empresarial MAT, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.385/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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