Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128
Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120530-126
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 5
EDICTO
El secretario judicial del Juzgado mercantil número 5 bis de los de Madrid, don Jesús Sánchez Mena.
Anuncia: Que en los autos de referencia seguidos a instancias de don Carlos Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de don Eugenio San Lorenzo Sabater, contra “Mercantil Ángel Carreño, Sociedad Anónima”, y otros, se ha dictado, con fecha 19 de junio de 2007, sentencia en la que en su parte dispositiva se ha acordado lo siguiente:
Fallo
Que estimando como estimo la demanda formulada por el procurador don Carlos Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de don Eugenio San Lorenzo Sabater, contra la mercantil “Ángel Carreño, Sociedad Anónima”, don Ángel Carreño López-Brea, doña Rosa María Carreño López-Brea y desconocidos herederos de doña Rosa López-Brea Argudo, debo:
a) Declarar que los demandados, socios de la entidad “Ángel Carreño, Sociedad Anónima”, adeudan a la sociedad las siguientes cantidades en concepto de dividendos pasivos:
1. Don Ángel Carreño López-Brea, la cantidad de 43.272,87 euros.
2. Doña Rosa María Carreño López-Brea, la cantidad de 901,52 euros.
3. Los desconocidos herederos de doña Rosa López-Brea Argudo, la cantidad de 901,52 euros.
b) Condenar a los socios demandados al efectivo e inmediato pago a la sociedad “Ángel Carreño, Sociedad Anónima”, de las anteriores cantidades, más los intereses señalados en el tercer fundamento de esta resolución, que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.
c) Se condena a los demandados al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndolas de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por escrito que deberá presentarse en este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, citando la resolución apelada y manifestando su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio que se llevará a los autos originales, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Leída y publicada fue la anterior sentencia por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.
Y, para que sirva de notificación demandados desconocidos “Mercantil Ángel Carreño, Sociedad Anónima”, don Ángel Carreño López, doña Rosa María Carreño López y herederos de doña Rosa López-Brea Argudo, se expide la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Asimismo, para su inserción en el “Boletín Oficial del Estado” se hará entrega del mismo al procurador don Carlos Ibáñez de la Cardiniere para que cuide de su diligenciado.
En Madrid, a 21 de julio de 2010.—El secretario judicial (firmado).
(02/4.079/12)

