Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
31-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120531-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 109 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 109 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego Raúl Fernández González, contra las empresas “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, “Protecny Segurity, Sociedad Anónima”, y don José Luis Cuadros Arias, sobre despido, se ha dictado el día 23 de abril de 2012 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar embargado el sobrante que pudiera existir en la realización forzosa de los bienes embargados en el procedimiento seguido con el número de ejecución 23 de 2012, en cuanto fuere suficiente a cubrir la cantidad de 6.646,05 euros.

Librar oficio al órgano judicial expresado a fin de que ingrese el sobrante en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial (2510).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Protecny Segurity, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.188/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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