Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129
Sección 1.2.90.27: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120531-2
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE SANIDAD
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
Mediante Orden 237/2010, de 5 de mayo, de la Comunidad de Madrid, se establecen pruebas de cribado en recién nacidos para la detección de cinco enfermedades endocrino-metabólicas congénitas y se prevé la constitución de comités de expertos cuya composición, renovación, atribuciones y funciones se regularán mediante Resolución del titular de la Dirección General con competencias en materia de prevención y promoción de la salud.
Actualmente la Comunidad de Madrid ha ampliado el cribado neonatal a un total de diecinueve enfermedades endocrino-metabólicas congénitas en recién nacidos, para la detección de los siguientes procesos patológicos.
Mediante Resolución 2/2012, de 21 de febrero, de la Dirección General de Atención Primaria, se constituye el Comité de Expertos Asesor del cribado universal de recién nacidos para la detección, diagnóstico y tratamiento precoz de enfermedades endocrino-metabólicas congénitas en recién nacidos de la Comunidad de Madrid. Estableciéndose, asimismo, su composición, renovación, atribuciones y funciones.
Teniendo en cuenta lo señalado, y que corresponde al Servicio Madrileño de Salud, la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 2 del Decreto 23/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud.
RESUELVO
Primero
Designar a los miembros del Comité de Expertos Asesor del cribado universal para la detección, diagnóstico y tratamiento precoz de enfermedades endocrino-metabólicas congénitas de los recién nacidos de la Comunidad de Madrid, entre profesionales de los Centros y Servicios Sanitarios Públicos del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Su designación no tiene consideración, a ningún efecto, de puesto de trabajo sino de nombramiento funcional de carácter asesor científico-técnico por lo que no tendrán retribución o compensación económica alguna.
Segundo
Los miembros del Comité de Expertos Asesor dependerán de la Dirección General competente en materia de prevención y promoción de la salud del Servicio Madrileño de Salud, quedando integrado por los siguientes profesionales:
— Doña Elena Cela de Julián.
— Doña Elena Dulín Íñiguez.
— Doña María José García Muñoz.
— Doña Mercedes Martínez-Pardo Casanova.
— Doña Magdalena Ugarte Pérez.
— Doña Amparo Rodríguez Sánchez.
— Doña María Dolores Rodríguez Arnao.
— Doña Celia Pérez-Cerdá Silvestre.
— Doña Begoña Merinero Cortés.
— Doña Consuelo Pedrón Giner.
— Doña María Teresa García Silva.
— Doña Rosa Lama More.
— Doña Lucrecia Suárez Cortina.
— Doña Gloria García Hernández.
Tercero
La vinculación técnica del Comité de Expertos Asesor con la Consejería de Sanidad se realizará a través de un coordinador, que realizará las funciones de coordinación y gestión del mismo, y cuyo nombramiento recae en doña Manuela Arranz Leirado.
Cuarto
La actuación del Comité de Expertos tendrá una duración prevista de tres años, pudiendo ser prorrogado por otro plazo igual si se precisara su función asesora.
La renovación de los miembros del Comité de Expertos se realizará por acuerdo del titular de la Dirección General que tenga competencias en materia de promoción de la salud y prevención, dependiente del Servicio Madrileño de Salud, previa propuesta del titular de la Subdirección competente por razón de la materia.
Quinto
Al Comité de Expertos podrán vincularse nuevos expertos, cuando se consideren necesarias y oportunas sus aportaciones.
Sexto
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 8 de mayo de 2012.—El Director-General de Atención Primaria, Antonio Alemany López.
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