Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120606-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Demanda 218 de 2011

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 218 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta López Hernán, contra don Mario Navarro Rubio, don Mario Navarro Rubio Rodríguez, doña Pilar Rodríguez Moreno, Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, Corte Española de Arbitraje de Derecho y Equidad, Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social y Asociación Gestora de Arbitraje Institucional, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Visto el estado de las actuaciones, y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma para el juicio señalado el día 7 de junio de 2012, a las once horas, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Asociación Española para la Ayuda Cívica y Social, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.302/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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