Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120606-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

120
Demanda 1.352 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.352 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Fernández Carbajo, contra la empresa “Encofrados El Cabrero, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 24 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 227 de 2012

En Madrid, a 24 de abril de 2012.—Su señoría doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña María de los Ángeles Fernández Carbajo, asistida por la letrada doña Rocío Gutiérrez Llorente, colegiada número 75.969 del ilustre Colegio de Abogados de Madrid, contra “Encofrados El Cabrero, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados en legal forma no comparecen.

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por la actora doña María de los Ángeles Fernández Carbajo, con documento nacional de identidad número 51905252-W, contra la empresa demandada “Encofrados El Cabrero, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, declarar la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy, y condenar a la empresa demandada a que abone a la demandante la indemnización de 14.467,88 euros, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido producido el 21 de octubre de 2011 que asciende a 14.467,88 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir, a razón de 47,05 euros día, desde el despido de fecha 21 de octubre de 2011 hasta el 6 de febrero de 2012 (fecha en que comenzó a prestar servicios para la empresa “Proyectos y Rehabilitaciones Kalam, Sociedad Anónima”), con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00, el importe del principal y 300 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados El Cabrero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.747/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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