Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120607-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

180
Demanda 751 de 2011

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 751 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Fuencisla Uría Antoranz y don Alfonso Otero Vega, contra las empresas “Magdaleno-Ramos y Asociados, Sociedad Limitada Profesional”, y “Fuentetajada, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Por presentado el anterior escrito por doña María Fuencisla Uría Antoranz y don Alfonso Otero Vega, únase a los autos de su razón, y visto su contenido y conforme a lo solicitado se tiene por ampliada la demanda contra la administración concursal de “Fuentetajada, Sociedad Anónima”, siendo la entidad “Magdaleno-Ramos y Asociados, Sociedad Limitada Profesional”, dese traslado a esta y al Fondo de Garantía Salarial de copia de la demanda y del auto de acumulación y admisión y cíteseles al acto de conciliación y/o juicio a los efectos legales oportunos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o decreto, que ponga fin al procedimiento o resuelva incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Fuentetajada, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.000/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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