Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120608-51
Páginas: 3
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:
«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por don Luis de Javier Esteban, en representación de la mercantil “González Byass, Sociedad Anónima”, en su escrito de 16 de marzo de 2012, presentadas durante el período de información pública, e incorporar las modificaciones propuestas por el promotor en su escrito de 14 de marzo de 2012, todo ello de conformidad con el informe técnico y jurídico de la Subdirección General de Edificación de fecha 4 de mayo de 2012.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio sito en la plaza de la Puerta del Sol, número 1, Distrito de Centro, expediente número 711/2011/27239, promovido por “ARS, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.
Cuarto.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinto.—La vigencia del Control Ambiental de Usos contenida en el presente Plan Especial será de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:
Normas de protección
Régimen y clases de obras de la propuesta de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Obras permitidas por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Le es de aplicación la norma zonal 1, grado 5.
Régimen de obras para edificios catalogados con el nivel 1, grado singular. Artículo 4.3.12 del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Obras de restauración:
— Recuperación y restauración bóvedas.
Obras de conservación:
— Reposición instalaciones.
— Tratamiento sobre la piedra de fachada interior de granito.
Obras de consolidación:
— Consolidación de la cimentación.
— Sustitución o refuerzo de elementos estructurales.
— Recuperación/reorganización de las crujías como elementos de carga.
Obras de acondicionamiento:
— Retirada puntual muro en sótano.
— Adecuación niveles sótano.
Reestructuración puntual:
— Adecuación a normativa de protección contraincendios y accesibilidad de los núcleos de comunicación.
— Retirada puntual del forjado bajo cubierta.
Obras reguladas por el Plan Especial:
— Restauración/conservación/consolidación:
l Planta sótano:
– Recuperación de bóvedas existentes.
– Restauración de bóvedas donde habían desparecido.
– Consolidación de la cimentación.
– Redistribución interior retirada de muro.
– Adecuación puntual de niveles de solera.
l Planta baja:
– Consolidación y restauración mediante reorganización de las columnas de fundición existentes.
– Recuperación de la superficie original mediante nuevos forjados en los huecos previstos para los locales comerciales contemplados en el Plan Especial aprobado en julio 2010.
l Planta primera:
– Consolidación y restauración mediante reorganización de las columnas de fundición existentes.
– Recuperación de la superficie original mediante nuevos forjados en los huecos previstos para locales comerciales contemplados en Plan Especial aprobado en julio 2010.
– Consolidación de la línea de crujía del muro de carga original del patio.
l Plantas segunda, tercera, cuarta y quinta:
– Consolidación de la línea del muro de carga original del patio y del de la primera crujía.
l Todo el edificio:
– Conservación y tratamiento sobre la piedra de fachada interior de granito. En el caso en que las piedras de granito interiormente estén afectadas o deterioradas por la existencia de rozas o degradación irregular de su superficie, se propone poder reconstituir/sustituir las antiguas piezas de granito obteniendo con ello un resultado final de aspecto, morfología y materiales iguales al estado original.
– Consolidación de la estructura, así como restitución de forjados donde hayan sido demolidos recuperando su localización natural en las plantas.
Obras de rehabilitación:
— Acondicionamiento:
l Redistribución interior e introducción de nuevas instalaciones, mejorando las condiciones de habitabilidad.
l Retirada puntual muro en sótano.
l Adecuación niveles sótano.
Reestructuración puntual:
— Adecuación puntual niveles de bóvedas existentes.
— Adecuación a normativa contraincendios y accesibilidad mediante la sustitución de los núcleos de comunicación existentes.
— Ampliación de los núcleos de ascensores existentes para introducir nuevos ascensores y un montacargas para el uso comercial.
— Retirada puntual forjado bajo cubierta.
Reestructuración parcial:
— Cobertura del patio central.
— Apertura puntual forjado de planta primera dentro del perímetro del patio.
— Redistribución patinejos instalaciones.
— Apertura de nuevo núcleo de comunicación vertical.
Obras de reconfiguración:
— Reconfiguración de casetones de nuevos núcleos de comunicaciones.
Régimen de usos propuesto:
— Usos admitidos por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid:
l Los regulados en la norma zonal 1, grado 5.o, nivel D.
l Usos por plantas. Según Plan Especial aprobado en julio de 2010, se aprueban los usos terciarios comercial y hospedaje. La nueva implantación sigue proponiendo el uso terciario, en este caso, comercial y oficinas, que según el artículo 7.2.2, no modifica su categoría de servicio terciario:
– Planta sótano: comercial.
– Planta baja: comercial.
– Planta primera: comercial.
– Planta segunda: comercial/oficinas.
– Planta tercera a sexta: oficinas.
En Madrid, a 7 de junio de 2012.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
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