Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
08-06-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120608-224

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

224
Despido 1.193 de 2011

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 1.193 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Ríos Bonilla y don Edwin Esteban Montaño Medrano, contra las empresas “Plásticos Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Plastic Profil, Sociedad Limitada”, y “Recuperados Marsán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por los actores, frente a las empresas “Plásticos Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Plastic Profil, Sociedad Limitada”, y “Recuperados Marsán, Sociedad Limitada”, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos efectuados, condenando a las demandadas a que, en el plazo de cinco días desde la fecha de notificación de la presente sentencia, opten entre readmitir a los trabajadores, o bien, les indemnicen en la cantidad de 4.050 euros a don Juan Carlos Río Bonilla, y 4.950 euros a don Edwin Esteban Montaño Medrano, con abono, en ambos casos, de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido (12 de agosto de 2011) hasta la efectiva readmisión, o notificación de esta sentencia, a razón de 40 euros diarios, en ambos casos, con la advertencia de que caso de no optar expresamente se entenderá que procede la readmisión de los trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado, o bien presentar aval solidario de entidad financiera en “Banesto”, cuenta corriente número 4320, clave 65, con indicación del número de autos, por el mismo importe. Asimismo, deberá constituir otro depósito por el importe legalmente establecido (300 euros), en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de anunciar el recurso, y el del primer depósito también al tiempo de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plásticos Sanitarios, Sociedad Limitada”, “Plastic Profil, Sociedad Limitada”, y “Recuperados Marsán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 20 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.198/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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