Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120608-112
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 87
EDICTO
En el presente procedimiento ordinario número 1.841 de 2010 seguido a instancias de la comunidad de propietarios del paseo de La Habana, número 20, Madrid, frente a don Ricardo Campos Dufau, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 111 de 2012
En nombre de Su Majestad el Rey y en la ciudad de Madrid, a 8 de mayo de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña Carmen Pérez Guijo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 87 de esta ciudad y su partido, los autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 1.841 de 2010, por reclamación de cantidad.
Son partes en este procedimiento, comunidad de propietarios del paseo de La Habana, número 20, Madrid, con domicilio social en Madrid, y con CIF H-79078671, como demandante, asistida de letrado señor Sanz Gadea Gómez y representada por la procuradora señora Rodríguez Puyol, contra don Ricardo Campos Dufau, con domicilio en Madrid, y con NIE X-0250403-W, como demandado en rebeldía. De todos ellos sus datos de filiación quedan reflejados en autos.
Fallo
Debo estimar y estimo la demanda promovida por la procuradora señora Rodríguez Puyol, en nombre y representación acreditada en la causa.
Debo condenar y condeno a don Ricardo Campos Dufau, a que abone a la suma de 18.128,61 euros, intereses legales simples devengados desde la fecha de la demanda hasta la fecha de consignación (13 de septiembre de 2011), así como el abono de las costas de este procedimiento. Téngase en cuenta a los efectos de este pronunciamiento de fallo la cantidad que obra consignada en la cuenta de este Juzgado de mi cargo.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas con apercibimientos de los recursos que contra la misma proceden conforme al artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Recurso de apelación que habrá de interponerse previa constitución del depósito legal de 50 euros al tiempo de formalizarlo y en la manera que se dirá en proveído aparte.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales y el original al libro de sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgado en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, don Ricardo Campos Dufau, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Madrid, a 8 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(02/4.349/12)

