Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
26-06-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120626-160

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Demanda 385 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 385 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Manuel Porcel García, don Juan Carlos García Montero y don Luis Alarcos González, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 253 de 2012 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 253 de 2012

En Madrid, a 18 de mayo de 2012.—Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel Luis del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 385 de 2011, seguidos a instancias de don Tomás Manuel Porcel García, con documento nacional de identidad número 50958370-F, don Juan Carlos García Montero, con documento nacional de identidad número 50963713-Z, y don Luis Alarcos González, con documento nacional de identidad número 50961834-K, todos asistidos por la letrada doña Teresa Rodríguez Fernández, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, quienes no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que con estimación de la demanda deducida por don Tomás Manuel Porcel García, don Juan Carlos García Montero y don Luis Alarcos González, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, a que abone a los actores las siguientes cantidades:

Para don Tomás Manuel Porcel García la suma de 2.356,69 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Juan Carlos García Montero la suma de 2.301,38 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Luis Alarcos González la suma de 912,98 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Igualmente, se condena a la administración concursal de “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por tal declaración.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, de conformidad al artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina número 1033, a nombre de este Juzgado con el número 2523, acreditando en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta la cantidad objeto de condena o se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así lo pronuncia, manda y firma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.917/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120626-160