Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
26-06-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120626-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 4

EDICTO

84
Medidas cautelares previas 1.122 de 2011

En el procedimiento de medidas cautelares previas número 1.122 de 2011 se ha dictado lo siguiente:

Que estimando la petición formulada por la representación de “Peri, Sociedad Anónima Unipersonal”, debo acordar y acuerdo:

1. El embargo preventivo de bienes propiedad de “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, para asegurar las resultas del presente juicio, habiendo prestado la parte actora fianza por importe de 1.000 euros, concretado en el embargo de las cantidades que por cualquier concepto adeuden a la entidad demandada la Administración Estatal y la Local de Móstoles, para lo que se librará oficio a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. Líbrese igualmente oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial/Punto Neutro Judicial para obtener información sobre la existencia de saldos en entidades bancarias, todo ello hasta alcanzar la suma de 300.962,47 euros, imponiendo a la demandada el abono de las costas procesales.

2. El depósito, a disposición de este Juzgado, del material que se refleja en el documento número 108 acompañado junto con el escrito de demanda, hasta que la sentencia que se dicte en el correspondiente proceso principal decida sobre las pretensiones formuladas; material que se entregará a la persona que designe la parte actora como depositaria y previa aceptación del cargo de depositaria por la designada, todo ello con imposición a la demandada de las costas causadas.

En Móstoles, a 24 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.892/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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