Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120627-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 7

EDICTO

90
Juicio de faltas 213 de 2010

Doña Maria Belén Vera López, secretaria judicial del Juzgado de instrucción número 7 de Collado Villalba.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 213 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Alfredo Muñoz Naranjo, magistrado-juez de instrucción del número 7 de Collado Villalba y de su partido judicial, vistos los autos de juicio de faltas tramitados con el número 213 de 2010, y seguidos por una presunta falta de hurto, de una parte, en calidad de denunciante, doña Angradema López Cortez, que comparece, y de otra parte, en calidad de denunciado, don Mihai Alexandru Maidan, que no comparece. Ha sido parte el ministerio fiscal. Comparece en calidad de perjudicada la entidad mercantil “Pull and Bear”, asistida por el letrado señor Blanco de la Cruz.

Fallo

Condeno a don Mihai Alexandru Maidan, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros, quedando sujeto, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice a “Pull and Bear” en la cantidad de 95,84 euros; así como al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes.

El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante el órgano que dictó la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones. Entréguese copia de esta resolución a las partes.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mihai Alexandru Maidan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Collado Villalba, a 17 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.836/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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