Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
03-07-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120703-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 3

EDICTO

113
Procedimiento ordinario 577 de 2009

En el presente procedimiento ordinario número 577 de 2009, seguido a instancias de don Anselmo Pérez Ruiz, frente a “Automóviles Benauto, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 112 de 2010

En Coslada (Madrid), a 13 de diciembre de 2010.—Vistos por mí, Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Coslada, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de esta localidad, los autos de juicio ordinario número 577 de 2009, seguidos a instancias de don Anselmo Pérez Ruiz, representado por el procurador señor Osset Rambaud y asistido de la letrada señora Marcos García, contra “Automóviles Benauto, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía.

Fallo

Estimando la demanda presentada por el procurador señor Osset Rambaud, en nombre y presentación de don Anselmo Pérez Ruiz, contra “Automóviles Benauto, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Automóviles Benauto, Sociedad Limitada”, a que abone a don Anselmo Pérez Ruiz la cantidad de 5.817,32 euros de principal, más el interés legal de dicha suma desde la interposición de la demanda, incrementándose en 2 puntos desde la fecha de la presente resolución y hasta su total y completo pago, condenando, igualmente, a dicha demandada al abono de las costas causadas en la presente instancia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días a partir de su notificación y de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, que crea la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la interposición del citado recurso deberá consignar el importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto”, acreditando dicha consignación con el escrito de interposición del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, “Automóviles Benauto, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, a 28 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.161/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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