Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
06-07-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120706-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

188
Demanda 56 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 56 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Elena Agredeño Vigón, contra la empresa “Exotarium, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Elisa Cordero Díez.—En Madrid, a 30 de marzo de 2012.

Recibido de la correspondiente oficina de la Delegación del Decanato fechado el día 20 de enero de 2012 escrito presentado por la parte actora por el que amplía la demanda presentada en su día, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra “Tembo Films, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, cítese a la misma para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 31 de octubre de 2012, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, octava planta, de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tembo Films, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.492/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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